La
discriminación en el fútbol es muy común y en muchas ocasiones se la confunde
con el folklore del fútbol. Hay que hacer una distinción entre folklore y
discriminación, y saber hasta donde llega cada uno.
Según
la Ley
Antidiscriminatoria, número 23.592, el acto discriminatorio
se efectúa de la siguiente manera: “Quien arbitrariamente impida, obstruya,
restrinja o de algún modo menoscabe el pleno ejercicio sobre bases igualitarias
de los derechos y garantías fundamentales reconocidos en la Constitución Nacional,
será obligado, a pedido del damnificado, a dejar sin efecto el acto
discriminatorio o cesar en su realización y a reparar el daño moral y material
ocasionados”. Por lo tanto, todos somos iguales ante la ley, pero no somos
iguales. Volviendo a la distinción entre folklore y discriminación, se entiende
por folklore a los cánticos, las banderas, las cargadas, los colores, todas
aquellas cosas que no transmitan un mensaje despectivo y/o discriminatorio.
Uno
puede cantar por su equipo, alentar, pero lo que no puede hacer es insultar al
otro equipo, porque lo estaría discriminando. Hay múltiples formas de hacerlo:
se puede discriminar por raza, religión, nacionalidad, ideología, opinión
política o gremial, sexo, posición económica, condición social o caracteres
físicos. Los más vistos en el ambiente futbolístico son: raza, religión,
nacionalidad, sexo y preferencia sexual. Claro está que cuando dichos cánticos
u ovaciones se realicen de manera tal que se entiendan para resaltar la
nacionalidad de alguien a quien el público aprecia y no para descalificarlo,
por ejemplo “chileno, chileno” o “uruguayo, uruguayo”, esos actos no se
consideran discriminatorios. La clave está en la intención de la persona que
efectúa la acción, que no debe ser peyorativamente, y en como la recibe el
damnificado.
El
Instituto Nacional contra la
Discriminación, la Xenofobia y el Racismo (INADI) es un organismo
descentralizado que fue creado mediante la Ley Nº 24.515 en el año 1995 y comenzó sus tareas
en el año 1997. Dicha organización creó un Observatorio de la Discriminación en
el fútbol, cuya acción es prevenir y analizar situaciones discriminatorias que
se puedan presentar en el ámbito del fútbol argentino. Se han visto casos, como
el Racing – Boca jugado el 21/5/2012, en donde Pablo Lunati, árbitro del
encuentro, detuvo dos veces el partido porque escuchó canciones
discriminatorias provenientes de la hinchada de Racing. Otro caso más polémico
todavía fue el clásico entre Independiente y Boca jugado el 24/10/2010, en donde
varios hinchas de Independiente arrojaron bolas de fraile y paragüitas de
chocolate para recibir al equipo de la ribera, y el partido dirigido por Diego
Abal no comenzó hasta que se retiraron todos los objetos de la cancha, aunque
el árbitro confesó no entender el chiste. Independiente tiene antecedentes en
actos similares, ya que en marzo del 2009 se desplegaron banderas de Bolivia y
Paraguay en la tribuna de los de Avellaneda y se entonaron canciones
discriminatorias dirigidas hacia Boca.
Desde
el INADI aseguraron que los partidos no se pueden suspender por dichos motivos,
aunque la desición la toma el árbitro del encuentro, y que lo único que puede
hacer el Instituto contra la
Discriminación es presentar una denuncia por la cual el club
implicado deberá ser multado económicamente por la justicia. Además declararon
que si los vinculados en el encuentro futbolístico no realizan una acción para
destacar y oponerse a la xenofobia demostrada en las tribunas, estarían
legitimando el acto, por lo tanto apoyan la desición del árbitro y los
jugadores en detener el partido.
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